La venta de gatos, perros y también hurones está prohibida desde el pasado domingo 29 de septiembre. La sanción por inclumplir esta norma implicará una sanción de entre 50.000 a 200.000 euros.
La razón de esta prohibición es la entrada en funcionamiento de la Ley de Protección de los Derechos y Bienestar de los Animales, publicada en el BOE del 29 de marzo de 2023 y que entra en vigor seis meses después.
Entonces, ¿quién puede vender perros, gatos y hurones? pues solo personas criadoras debidamente registradas y tienen que hacerlo mediante un contrato escrito de compraventa y entregar a los animales en "buen estado sanitario y con los tratamientos obligatorios por edad y especie".
Las ventas deberán comunicarse en el Registro de Animales de Compañía en el plazo de tres días hábiles posteriores. Los perros y gatos deberán tener un mínimo de dos meses en el momento de la venta si esta se realiza desde el núcleo zoológico declarado como su lugar de nacimiento.
"La comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. Perros, gatos y hurones solo podrán venderse desde criadores registrados", señala la norma.




