El 29 de diciembre el obispo, don Gerardo Melgar presidirá la misa de inauguración del Jubileo 2025 en nuestra diócesis.
La celebración comenzará a las 18:00 h. en la iglesia de San Pedro, apóstol. Desde allí, toda la comunidad saldrá en procesión hasta la catedral, donde continuará la misa.
Esa tarde, entre las 17:00 h. y las 20:00 h. no habrá celebraciones de la eucaristía en ningún pueblo de la diócesis. De este modo, se facilita que todos los sacerdotes y los fieles que lo deseen puedan participar en la celebración.
El pasado jueves 19 de diciembre el obispo publicó un decreto sobre la celebración del Jubileo 2025 en nuestra diócesis de Ciudad Real que se suma, junto a toda la Iglesia, al Jubileo convocado por el papa Francisco con el lema Peregrinos de esperanza.
En el decreto se dispone que, en la diócesis, comenzará con la celebración de la misa el 29 de diciembre de 2024 en la catedral de Ciudad Real.
Además, con el fin de que los fieles de la diócesis puedan peregrinar y obtener la Indulgencia Plenaria, se disponen cinco lugares de peregrinación con celebraciones periódicas:
— Santa lglesia Prioral Basílica Catedral Santa María del Prado de Ciudad Real. que celebrará la eucaristía jubilar cada primer domingo de mes a las 12:00 horas.
— Parroquia de la Asunción de Nuestra Señora de Valdepeñas, que celebrará la eucaristía jubilar cada segundo domingo de mes a las 12:30 horas.
— Parroquia de Santa María de Alcázar de San Juan, que celebrará la eucaristía jubilar cada tercer domingo de mes a las 12:00 horas.
— Parroquia de la Asunción de Puertollano, que celebrará la eucaristía jubilar cada tercer domingo de mes a las 12:00 horas.
— Parroquia Santa María Magdalena de Malagón, que celebrará la eucaristía jubilar cada cuarto domingo de mes a las 12:30 horas.
Habrá encuentros jubilares en la diócesis con los que se podrá conseguir la gracia jubilar. Será peregrinando a los encuentros que, con motivo del jubileo de los jóvenes, de las familias y de los «colectivos de la esperanza», serán convocados convenientemente en su momento a lo largo del Año Jubilar.
En el decreto se explica cómo obtener la indulgencia plenaria siguiendo las Normas de la Penitenciaría Apostólica sobre la concesión de la indulgencia durante el Jubileo Ordinario de 2025. Se establece que «los fieles que estén verdaderamente arrepentidos de sus pecados y cumplan las condiciones acostumbradas (confesión sacramental, comunión eucarística y oración por las intenciones del Romano Pontífice) podrán conseguir la Indulgencia Plenaria para sí mismos, o aplicarla por las almas de los fieles difuntos en el curso del Año Santo en las siguientes ocasiones:
I. En las sagradas peregrinaciones hacia cualquiera de los lugares jubilares o encuentros jubilares establecidos en este decreto, participando devotamente en la santa misa u otras de las celebraciones reseñadas en las Normas citadas.
II. En las pías visitas a los lugares sagrados si, individualmente o en grupo, visitaran devotamente cualquier lugar jubilar y ahí, durante un periodo de tiempo adecuado, realizaran adoración eucarística y meditación, concluyendo con el Padre Nuestro, la Profesión de Fe en cualquier forma legítima e invocaciones a María, Madre de Dios.
III: En las obras de misericordia y de penitencia, según se especifica en dichas Normas.
Los fieles que, por diversas circunstancias, no pudieran participar en las ocasiones citadas, especialmente los ancianos, las monjas de clausura, los enfermos, los reclusos y aquellos que, en hospitales u otros lugares de cuidados prestan servicio continuo a los enfermos, pueden conseguir la indulgencia con las mismas condiciones si, unidos en espíritu, recitan el Padre Nuestro, la Profesión de fe y otras oraciones conforme a las finalidades del Año Santo, ofreciendo sus sufrimientos o dificultades de la propia vida.
Por último, se pide a los sacerdotes facilitar, con horarios visibles en las cancelas de los templos, el acceso de los fieles a la confesión sacramental, así como en las parroquias que organicen peregrinaciones a los templos jubilares en la diócesis.
¿Qué es un Jubileo?
En la Iglesia Católica, un jubileo es un año santo, un tiempo especial de gracia concedido por el Papa, durante el cual los fieles pueden recibir indulgencias plenarias, es decir, la remisión total del castigo temporal por los pecados.
El jubileo está profundamente vinculado a la penitencia, la reconciliación y la conversión, y su celebración tiene como objetivo ayudar a los católicos a renovar su fe y acercarse más a Dios.
El origen judío de la palabra “Jubileo”
El término “Jubileo” proviene de la tradición judía, aunque su interpretación en el cristianismo difiere considerablemente. En la cultura judía, según indicia el sitio oficial del Jubileo 2025, un Jubileo celebraba la liberación del pueblo de Israel de la esclavitud.
Su nombre tiene raíces en el “jobel”, un cuerno ritual que se usaba para señalar el comienzo del Día de la Expiación (Yom Kippur). De este término, “jobel”, se deriva la palabra cristiana "Jubileo".

Según el libro del Levítico (25:10-13), cada 50 años, el pueblo de Israel debía celebrar un año de Jubileo, durante el cual se proclamaba la libertad de los esclavos, se devolvían las tierras a sus propietarios originales y se perdonaban las deudas. Este año estaba destinado a restablecer la justicia social y a permitir que la comunidad comenzara de nuevo.
El Jubileo en la Iglesia Católica
La Iglesia Católica adoptó esta tradición en el año 1300, cuando el Papa Bonifacio VIII proclamó el primer Año Santo. Desde entonces, los jubileos se han celebrado regularmente, cada 25 o 50 años, dependiendo de las circunstancias, y en ocasiones especiales según lo determine el Papa.
El sitio oficial del Jubileo 2025 señala que también hay momentos “extraordinarios”: por ejemplo, en 1933, Pío XI quiso conmemorar el aniversario de la Redención y en 2015 el Papa Francisco convocó el año de la Misericordia.
Hay diferentes tipos de Jubileos
Existen dos tipos principales de jubileos en la Iglesia Católica:
Jubileo Ordinario: Se celebra cada 25 años. Es un año de perdón y gracia, marcado por peregrinaciones a Roma, la confesión, la comunión y la realización de obras de misericordia. El Jubileo Ordinario más reciente fue en el año 2000, bajo el pontificado de San Juan Pablo II, y el próximo está programado para el 2025.
Jubileo Extraordinario: Es convocado en ocasiones especiales, cuando el Papa considera que la Iglesia necesita un tiempo especial de gracia. Un ejemplo reciente es el Jubileo de la Misericordia, proclamado por el Papa Francisco en 2015-2016, que se centró en la importancia de la misericordia divina y en la necesidad de que los fieles la practiquen en su vida diaria.
Apertura de las Puertas Santas y obtención de indulgencias plenarias
Durante un año jubilar, se abren las Puertas Santas de las cuatro basílicas principales de Roma: San Pedro, San Juan de Letrán, Santa María la Mayor y San Pablo Extramuros. Cruzar estas puertas simboliza la entrada a un camino de reencuentro con Dios y perdón.
Los fieles pueden obtener indulgencias plenarias, siempre y cuando cumplan con las condiciones establecidas: confesión sacramental, comunión eucarística, oración por las intenciones del Papa y la realización de obras de caridad.
Fuente: diocesisdeciudadreal.es





























